TÉRMINOS Y CONDICIONES CAMPAÑA TARJETAS BONO REGALO RECARGADAS CENTRO COMERCIAL CAFAM.

FLORESTA  FEBRERO - NOVIEMBRE DEL 2025. 

Objetivo

La campaña, tiene como finalidad premiar a los clientes que recarguen sus Tarjetas Bono Regalo, con montos comprendidos entre CINCUENTA MIL PESOS ($50.000, oo), a CIEN MIL PESOS ($100,000, oo) M/CTE, otorgándoles así, el doble del monto recargado adicional de sus Tarjetas Bono Regalo, bajo las condiciones descritas a continuación en los presentes Términos y Condiciones. (estas tarjetas no son convertibles en dinero en efectivo)  

LUGAR: 

Las Tarjetas Bono Regalo y sus respectivas recargas pueden ser adquiridas en el Centro Comercial Cafam Floresta, ubicado en la Avenida Cra. 68 # 90-88, de la ciudad de Bogotá. 

VIGENCIA:  

 La campaña, estará vigente desde el día 1° de febrero de 2025, hasta el día 05 de noviembre de 2025

No obstante, es importante mencionar que, para que las recargas reciban el doble, deberán ser realizadas únicamente en los primeros cinco (5) días de cada uno de los meses correspondientes a la campaña (febrero - noviembre). Es decir que, cualquier recarga realizada fuera de este período, no será considerada. 

NORMAS APLICABLES A LA CAMPAÑA: 

 La campaña, se rige por las reglas y parámetros estipulados en el presente documento, se entenderá la aceptación total e incondicional de las reglas aquí enunciadas, con el simple hecho de la compra y/o recarga de la Tarjeta Bono Regalo.   El Centro Comercial Cafam Floresta, se reserva el derecho de aceptación y/o negación de la recarga doble en cualquier momento del desarrollo de la campaña, a cualquier concursante que no cumpla con las condiciones contenidas en este documento.  PARTICIPANTES:  Pueden participar todas las personas naturales, mayores de 18 años, que residan en Colombia, y que cumplan con los requisitos establecidos en estos Términos y Condiciones.    MECÁNICA DE LA CAMPAÑA  

  1. Para participar, los clientes deberán realizar una recarga entre CINCUENTA MIL PESOS ($50.000,oo), a CIEN MIL PESOS ($100,000,oo) M/CTE, en la Tarjeta Bono Regalo del Centro Comercial Cafam Floresta, los primeros cinco (5) días de cada uno de los meses correspondientes a la campaña (febrero - noviembre). 

  2. La recarga se realiza de la siguiente manera: 

  3. Si la recarga se hace por medio de tarjeta débito, crédito o efectivo, el trámite se puede realizar directamente en el Punto de Información del Centro Comercial Cafam Floresta. 

  4. Es menester señalar que, por cada recarga de los montos referenciados en el numeral primero de la MECÁNICA DE LA CAMPAÑA, el participante recibirá el doble de la suma recargada en la Tarjeta Bono Regalo, es decir, que por una recarga de CINCUENTA MIL PESOS ($50.000, oo), el cliente recibirá CIEN MIL PESOS ($100,000,oo) M/CTE, en total para su Tarjeta Bono Regalo.  

 ¿CUÁLES SON LAS CONDICIONES?  
  • Solo es permitido una recarga al mes, por número de cédula. Esto quiere decir qué, el participante y/o cliente, solo podrá obtener el doble de recarga en su Tarjeta Bono Regalo una vez al mes. 

  • Solo es permitido un medio de pago, por número de cédula. Esto quiere decir qué, el participante y/o cliente, solo podrá realizar el pago de su Tarjeta Bono Regalo con una tarjeta débito o crédito y dinero en efectivo, por lo que, no podrá realizar el pago de otras tarjetas bono regalo, adscritas a un numero de cedula diferente, que no sea el personal.  

  • El cupo máximo por mes que tiene permitido realizar el Centro Comercial Cafam Floresta, para la campaña, es de CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000,oo) M/CTE de recarga adicional, esto quiere decir que, si el Centro Comercial Cafam Floresta, completa ese cupo, por ese mes respectivo, el primer día de haber iniciado, no se realizarán más recargas duplicadas por ese mes.  

  • Únicamente, se realizarán recargas dobles, en valores comprendidos entre CINCUENTA MIL PESOS ($50.000, oo), a CIEN MIL PESOS ($100,000,oo) M/CTE. Es decir, que antes y después de estos valores, no es válida la campaña.   

  • Se señala que, el término que tiene cada cliente para el uso del valor adicional recargado a la Tarjeta Bono Regalo, es de un (1) año, contado a partir del día en el que se hace la recarga duplicada.   

  • Los establecimientos del Centro Comercial en los cuales se puede hacer uso de la recarga son los siguientes:  

    • Obleas La Villa 

    • Sala De Belleza Prestige 

    • Don Jediondo 

    • Sandwich Gourmet 

    • Free Spirit 

    • Anastasia Spa De Uñas 

    • Frutos Del Bosque 

    • Dunkin Donuts 

    • Kuda 

    • Advantec 

    • El Carnal 

    • Inkanta 

    • Palos De Leña 

    • Natural Light (Nodriza) 

    • Carbon 100 

    • Speedo 

    • Natural Light 

    • Juice Place 

    • Mister Lee 

    • Ambos 

    • Oma 

    • Cosechas 

    • Lunch Trio 

    • Vasary Joyeros 

    • Avena Cubana 

    • Combos El Establo 

    • Chilango Plazoleta 

    • Sisley 

    • Cromantic 

    • Avena Cubana 

    • Presto 

    • Fuera De Serie 

    • Foto Japon 

    • Ceviches Del Caribe 

    • Sándwich Qbano 

    • Aquiles 

    • Ikonico 

    • Pizza X Metro 

    • Sr. Wok 

    • Nicolukas 

    • Subway 

    • La Pescadería 

    • Lili Pink 

    • Sushi Fans 

    • La Jungla Park 

    • Koaj 

    • Tall Point 

    • Mr Splash 

    • Brissa 

    • Bosi 

    • Veterinaria Sawar 

    • Chilango A La Mesa 

    • Opticalia 

    • Avanti Scarpe 

    • Lec Lee 

    • Qregalo 

    • Leroy Cake 

    • Boticario 

    • Bella Piel 

    • Monkey  Market 

    • Luber 

    • Elena Del Mar 

    • Librería Nacional 

    • Mimos 

    • Deportes Triathlon 

    • Bodegazo Converse 

    • Trama Y Telar 

    • Premium Steak 

    • Jugueteria Estimularte 

    • Joyerito 

    • Kosta Azul 

    • Pat Primo 

    • Sport Villa 

    • Thar De La India Con Amor 

    • Pullman Home 

    • St Even 

    • Totto 

  • El reglamento de uso de la recarga será el mismo que se maneja al momento de la compra o adquisición de la Tarjeta Bono Regalo. 

  • En caso de pérdida o extravío de la Tarjeta Bono Regalo, el Centro Comercial Cafam Floresta no se hace responsable de la misma.  

  • El Centro Comercial Cafam Floresta, se reserva el derecho de retirar o cambiar el concurso por motivos técnicos, operativos, comerciales, o de audiencia, modificando en lo necesario los presentes Términos y Condiciones.  

 LIMITACIONES DE LA CAMPAÑA.  
  • La campaña de Tarjetas Bono Regalo Recargadas se aplicará únicamente a recargas realizadas en el período de vigencia de la campaña.   

  • La campaña es válida únicamente para clientes del Centro Comercial Cafam Floresta, lo que quiere decir que, no aplica para compras corporativas.  

  • No se permitirá la acumulación de recargas para acceder a esta oferta. 

  • La recarga adicional otorgada no es transferible ni canjeable por dinero en efectivo o remitirlo a otra Tarjeta Bono Regalo. 

  • El monto de la recarga debe realizarse de una sola vez. No se aceptan recargas fraccionadas, es decir, que el pago es de contado.  

  • En caso de que la persona no use el valor adicional recargado a la Tarjeta Bono Regalo, en el término señalado en el presente documento, este valor se perderá sin posibilidad de que se amplie el termino de uso. 

  • El centro Comercial Cafam Floresta no se hace responsable por el mal uso o perdida de la Tarjeta Bono Regalo principal. 

 MODIFICACIÓN DE BASES Y LEY APLICABLE:  

 El Centro Comercial Cafam Floresta, se reserva el derecho de retirar o cambiar la campaña por motivos técnicos, operativos, comerciales, o de audiencia, modificando en lo necesario los presentes Términos y Condiciones, en caso de que esto pase se notificará a los participantes.  La participación en esta campaña supone la aceptación expresa de las presentes bases y el acatamiento expreso de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Centro Comercial Cafam Floresta.  Los participantes reconocen y aceptan que la ley aplicable para cualquier controversia que surja con relación a la actividad será la de la República de Colombia, y renuncian a su derecho a iniciar cualquier tipo de reclamación en otra jurisdicción.  Recuerda que, al participar en este evento, TARJETAS BONO REGALO RECARGADAS y brindar tus datos de contacto en el punto de información del Centro Comercial Cafam Floresta, aceptas en su totalidad, las condiciones y restricciones que reglamentan esta actividad., y se autoriza aceptando en su totalidad los términos y condiciones que reglamentan la presente campaña, realizada por el Centro Comercial Cafam Floresta. Así mismo, autorizan de manera previa, explícita, inequívoca e informada a CAFAM – CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR, para que recolecte, obtenga, compile, ofrezca, intercambie, envíe, divulgue, modifique y en general, trate los datos personales de los participantes de la campaña, para alimentar, incorporar y/o consultar en bases de datos privadas o públicas, transferir y/o transmitir a sus aliados o prestadores de servicios con ocasión a la venta y prestación de sus servicios, Hacer actividades de mercadeo y/o promoción de los servicios ofrecidos por CAFAM o por medio de sus aliados comerciales; realizar análisis de comportamiento o desempeño del titular del dato y efectuar encuestas de satisfacción con respecto a los servicios de Cafam y demás fines relacionados con su objeto social, de conformidad con lo establecido en la Política de Protección de Datos Personales de CAFAM, la cual se encuentra disponible en: www.cafam.com.co. En la cual los participantes pueden consultar en cualquier momento, la cual se entiende aceptada al participar dentro de la campaña. El titular del dato personal entregado podrá ejercer cualquiera de sus derechos (conocer, actualizar, rectificar, así como de revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales) y acudir a las páginas web de los responsables y/o encargados que autoriza con el ingreso al evento. De igual modo, se deja constancia que esta aceptación es voluntaria y de público conocimiento, no estando obligado a autorizar datos sensibles de conformidad con la ley 1581 de 2012. 

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