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La carta de los derechos y deberes de los afiliados, beneficiarios y los clientes en general
Tienen su sustento legal en al artículo 48 de la carta política de la Superintendencia de Subsidio Familiar y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto único reglamentario del sector trabajo 1072 de 2015.
En cumplimiento de lo establecido en el numeral 5° del artículo 7° de la Ley 1437 de 2011, Nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, nos comprometemos a brindarte un trato digno, equitativo, respetuoso, considerado, diligente y sin establecer diferencia alguna.
A recibir un trato digno, con respeto y con la consideración debida a su dignidad.
A ejercer el derecho de petición de manera gratuita y sin necesidad de apoderado.
A presentar peticiones, consultas, solicitudes, quejas o reclamos, verbalmente por escrito o por cualquier otro medio idóneo.
A obtener respuesta oportuna y eficaz en los plazos establecidos en la Ley.
A ser informado sobre la gestión realizada respecto de su solicitud.
A ser recibidas de forma prioritaria las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental.
Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas adolescentes, mujeres gestantes, o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
A exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los funcionarios y de los particulares que cumplan funciones públicas.
A ejercer cualquier otro derecho que le reconozcan la Constitución y las leyes.
Acatar la constitución y las leyes.
Obrar conforme al principio de buena fe, abstenerse de utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos, o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
Ejercer con responsabilidad sus derechos, y abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes para evitar que las nuevas solicitudes radicadas se conviertan en reiteraciones permanentes que afecten los tiempos de los trámites y agilidad de respuesta de los mismos.
Entregar oportunamente la información correspondiente para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.
Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, documentos y/o servicios.
Observar un trato respetuoso con los funcionarios o colaboradores de la corporación.
Las dependencias de la Caja de Compensación Familiar, trabajan unidas y orientadas a fortalecer la relación entre los ciudadanos y la administración; se ocupan de recibir y gestionar cada una sus consultas, solicitudes, peticiones, quejas o reclamos, siempre comprometidas a solucionar cada requerimiento dentro de los tiempos establecidos por la ley.
A recibir un trato digno, con respeto, y con la consideración debida a su dignidad.
A ejercer el derecho de petición de manera gratuita y sin necesidad de apoderado.
A presentar peticiones, consultas quejas o reclamos verbalmente por escrito o por cualquier otro medio idóneo.
A obtener respuesta oportuna y eficaz en los plazos establecidos en la ley.
A ser informado sobre la gestión realizada respecto de su solicitud.
A recibir de forma prioritaria las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental.
Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes, o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de conformidad con el Artículo 13 de la Constitución Política.
A exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los funcionarios y de los particulares que cumplan funciones públicas.
A ejercer cualquier otro derecho que le reconozcan la Constitución y las leyes.
Una atención en condiciones de privacidad, guardando la confidencialidad de la información suministrada.
Recibir o rechazar la asistencia espiritual y religiosa, según tus convicciones.
Atención oportuna y segura por parte de profesionales idóneos.
Información clara y completa sobre tu estado de salud, tratamientos y riesgo de los procedimientos.
Opciones que minimicen el dolor y sufrimiento y permitan morir dignamente.
Decidir sobre tu participación en estudios de investigación clínica y donación de órganos.
La participación en asociaciones de usuarios de Salud Cafam.
Acatar la Constitución y las leyes.
Obrar conforme al principio de buena fe, abstenerse de utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar a sabiendas, declaraciones o documentos falsos, o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
Ejercer con tu responsabilidad tus derechos, y abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes para evitar que las nuevas solicitudes radicadas se conviertan en reiteraciones permanentes que afecten los tiempos de los trámites y agilidad de respuesta de los mismos.
Entregar oportunamente la información correspondiente para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.
Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, documentos o servicios.
Observar un trato respetuoso con los funcionarios o colaboradores de la corporación.
Conocer que los funcionarios de la Caja de Compensación Familiar trabajan unidos y orientados a fortalecer la relación entre ciudadanos y la administración; se ocupan de recibir y gestionar cada una de las consultas, solicitudes, peticiones, quejas o reclamos, siempre comprometidos en solucionar cada requerimiento dentro de los tiempos establecidos en la ley.
Cuidar, respetar los recursos, instalaciones y dotaciones de Cafam.
Tratar con respeto y dignidad a las personas que te atienden, a los demás pacientes y sus familiares.
Entregar la información completa, clara oportuna y real sobre tus condiciones de salud y las posibles causas de tu deterioro.
Cumplir con las normas, reglamentos y políticas de Cafam.
Asistir o cancelar oportunamente las citas médicas a las que no puedas asistir.
Atender a las recomendaciones de tu médico tratante.
A recibir un trato digno, con respeto y con la consideración debida a su dignidad.
A ejercer el derecho de petición de manera gratuita y sin necesidad de apoderado.
A presentar peticiones, consultas, solicitudes, quejas o reclamos, verbalmente por escrito o por cualquier otro medio idóneo.
A obtener respuesta oportuna y eficaz en los plazos establecidos en la Ley.
A ser informado sobre la gestión realizada respecto de su solicitud.
A ser recibidas de forma prioritaria las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental.
Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas adolescentes, mujeres gestantes, o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
A exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los funcionarios y de los particulares que cumplan funciones públicas.
A ejercer cualquier otro derecho que le reconozcan la Constitución y las leyes.
Acatar la constitución y las leyes.
Obrar conforme al principio de buena fe, abstenerse de utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos, o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
Ejercer con responsabilidad sus derechos, y abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes para evitar que las nuevas solicitudes radicadas se conviertan en reiteraciones permanentes que afecten los tiempos de los trámites y agilidad de respuesta de los mismos.
Entregar oportunamente la información correspondiente para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.
Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, documentos y/o servicios.
Observar un trato respetuoso con los funcionarios o colaboradores de la corporación.
Las dependencias de la Caja de Compensación Familiar, trabajan unidas y orientadas a fortalecer la relación entre los ciudadanos y la administración; se ocupan de recibir y gestionar cada una sus consultas, solicitudes, peticiones, quejas o reclamos, siempre comprometidas a solucionar cada requerimiento dentro de los tiempos establecidos por la ley.
A recibir un trato digno, con respeto y con la consideración debida a su dignidad.
A ejercer el derecho de petición de manera gratuita y sin necesidad de apoderado.
A presentar peticiones, consultas, solicitudes, quejas o reclamos, verbalmente por escrito o por cualquier otro medio idóneo.
A obtener respuesta oportuna y eficaz en los plazos establecidos en la Ley.
A ser informado sobre la gestión realizada respecto de su solicitud.
A ser recibidas de forma prioritaria las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental.
A recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas adolescentes, mujeres gestantes, o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
A exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los funcionarios y de los particulares que cumplan funciones públicas.
A ejercer cualquier otro derecho que le reconozcan la Constitución y las leyes.
A conocer las prácticas sostenibles aplicadas en la unidad de negocio.
A ser partícipe de las campañas que la unidad hotelera programe en prácticas sostenibles.
A conocer sobre la fauna, la flora y bienes de interés cultural de la región.
Acatar la Constitución y las leyes.
Obrar conforme al principio de buena fe, abstenerse de utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos, o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
Ejercer con responsabilidad sus derechos, y abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes para evitar que las nuevas solicitudes radicadas se conviertan en reiteraciones permanentes que afecten los tiempos de los trámites y agilidad de respuesta de los mismos.
Entregar oportunamente la información correspondiente para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.
Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, documentos y/o servicios.
Observar un trato respetuoso con los funcionarios o colaboradores de la corporación.
Conocer que los funcionarios de la Caja de Compensación Familiar trabajan unidos y orientados a fortalecer la relación entre los ciudadanos y la administración; se ocupan de recibir y gestionar cada una de las consultas, solicitudes, peticiones, quejas o reclamos, siempre comprometidos en solucionar cada requerimiento dentro de los tiempos establecidos por la ley.
Respetar las tradiciones, cultura y hábitos de la población local.
Hacer uso racional de los recursos agotables (agua, energía, fauna y flora).
Respetar los espacios libres de humo.
Cumplir con las exigencias legales y la prevención para el ESCNNA, explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
Cumplir con la legislación vigente, abstenerse de la compra y venta al tráfico de fauna y flora silvestre o envía de extinción.
Cumplir con la legislación vigente, abstenerse de la compra y venta al tráfico de bienes de interés cultural.
A recibir un trato digno, con respeto y con la consideración debida a su dignidad.
A ejercer el derecho de petición de manera gratuita y sin necesidad de apoderado.
A presentar peticiones, consultas, solicitudes, quejas o reclamos, verbalmente por escrito o por cualquier otro medio idóneo.
A obtener respuesta oportuna y eficaz en los plazos establecidos en la Ley.
A ser informado sobre la gestión realizada respecto de su solicitud.
A ser recibidas de forma prioritaria las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental.
Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas adolescentes, mujeres gestantes, o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
A exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los funcionarios y de los particulares que cumplan funciones públicas.
A ejercer cualquier otro derecho que le reconozcan la Constitución y las leyes.
Acatar la constitución y las leyes.
Obrar conforme al principio de buena fe, abstenerse de utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos, o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
Ejercer con responsabilidad sus derechos, y abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes para evitar que las nuevas solicitudes radicadas se conviertan en reiteraciones permanentes que afecten los tiempos de los trámites y agilidad de respuesta de los mismos.
Entregar oportunamente la información correspondiente para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.
Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, documentos y/o servicios.
Observar un trato respetuoso con los funcionarios o colaboradores de la corporación.
Las dependencias de la Caja de Compensación Familiar, trabajan unidas y orientadas a fortalecer la relación entre los ciudadanos y la administración; se ocupan de recibir y gestionar cada una sus consultas, solicitudes, peticiones, quejas o reclamos, siempre comprometidas a solucionar cada requerimiento dentro de los tiempos establecidos por la ley.
A recibir un trato digno, con respeto y con la consideración debida a su dignidad.
A ejercer el derecho de petición de manera gratuita y sin necesidad de apoderado.
A presentar peticiones, consultas, solicitudes, quejas o reclamos, verbalmente por escrito o por cualquier otro medio idóneo.
A obtener respuesta oportuna y eficaz en los plazos establecidos en la Ley.
A ser informado sobre la gestión realizada respecto de su solicitud.
A ser recibidas de forma prioritaria las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental.
A recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas adolescentes, mujeres gestantes, o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
A exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los funcionarios y de los particulares que cumplan funciones públicas.
A ejercer cualquier otro derecho que le reconozcan la Constitución y las leyes.
A infraestructura adecuada, cómoda y funcional.
A una carta de precios, con un menú completo y variado.
A recibir la mejor calidad y presentación de nuestros productos.
A el cambio de tu producto o la devolución de tú dinero en caso de recibir un producto no apto para su consumo.
A recibir tu factura, indicando el valor total a cancelar, discriminando el precio y producto consumido.
A expresar tu opinión sobre la calidad u oportunidad de nuestro servicio.
A un manejo confidencial y responsable de la información personal o empresarial suministrada a Cafam, y en general, acceder a la información de interés.
Acatar la Constitución y las leyes.
Obrar conforme al principio de buena fe, abstenerse de utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos, o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
Ejercer con responsabilidad sus derechos, y abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes para evitar que las nuevas solicitudes radicadas se conviertan en reiteraciones permanentes que afecten los tiempos de los trámites y agilidad de respuesta de los mismos.
Entregar oportunamente la información correspondiente para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.
Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, documentos y/o servicios.
Observar un trato respetuoso con los funcionarios o colaboradores de la corporación.
Las dependencias de la Caja de Compensación Familiar trabajan unidas y orientadas a fortalecer la relación entre los ciudadanos y la administración; se ocupan de recibir y gestionar cada una sus consultas, solicitudes, peticiones, quejas o reclamos, siempre comprometidas a solucionar cada requerimiento dentro de los tiempos establecidos por la ley.
Informarte sobre las condiciones de uso de los servicios de Cafam.
Hacer un buen uso de las instalaciones.
Pagar según las condiciones establecidas.
Mantener un trato respetuoso con los demás usuarios.
Derechos del titular del dato: Tienes derecho a conocer, actualizar, rectificar y revocar tus datos en cualquier momento, como también a acceder a tu información de manera gratuita, ágil y eficaz.
Deberes: Deber de garantizar al titular en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de habeas data o protección de tus datos personales.
Deber de conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir la adulteración, pérdida, consulta, uso y acceso no autorizado o fraudulento.
Deber de realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de datos en los términos de ley.
Deber de permitir el acceso a la información únicamente a las personas autorizadas por el titular y/o facultadas por la ley para dicho efecto.
Deber de tramitar las consultas y los reclamos formulados por los titulares en los términos normativos.
La Caja de Compensación Familiar CAFAM está comprometida con el tratamiento lícito, legítimo y seguro de los datos personales de sus afiliados. CAFAM realizará el tratamiento de los datos personales en virtud de las condiciones establecidas por el titular, la ley, las entidades públicas o por orden judicial, para cumplir las actividades propias de su objeto social. La información recolectada, será utilizada únicamente para los siguientes fines:
Cumplir las obligaciones legales, contractuales, de seguridad, de servicio y comerciales con los afiliados, clientes, proveedores, usuarios y empleados.
Comunicar los programas, productos y servicios ofrecidos directamente o por aliados comerciales.
Realizar estudios sobre hábitos y consumos.
Consultar y reportar su información comercial, financiera y crediticia.
Los fines establecidos en la autorización y las políticas de tratamiento de datos de Cafam.
La Caja de Compensación Familiar CAFAM está comprometida con el tratamiento leal, lícito, confidencial y seguro de los datos personales de sus afiliados, clientes y usuarios, dándole cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 y a la normatividad legal vigente que regula y protege el adecuado tratamiento de los datos personales. Por favor consulte nuestra Política de Protección de Datos Personales por este mismo medio, en donde puedes conocer sus derechos constitucionales y legales que como titular tiene, correspondientes al ejercicio de su derecho de hábeas data, es decir, de conocer, actualizar y rectificar sus datos personales, así como la forma de ejercerlos.
La respuesta a preguntas que versen sobre datos personales sensibles es facultativa, en donde no está obligado a responderlas. De igual manera, los datos sensibles serán mantenidos y tratados con estricta seguridad y confidencialidad para los fines previstos y para la prestación del servicio en salud, en congruencia con la normatividad legal vigente aplicable y nuestra Política de Protección de Datos Personales.
Decreto 1377 de 27 de junio de 2013: Reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales. (PDF ADJUNTO)
Decreto 886 de 13 de mayo de 2014: Reglamenta la información mínima que debe contener el Registro Nacional de Bases de Datos, de carácter personal y servirá de herramienta de supervisión para la efectiva protección de los derechos de los titulares. (PDF ADJUNTO)
Ley 1581 de 17 de octubre de 2012: Tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma. (PDF ADJUNTO)
Política de Protección Datos Personales: Documento por medio del cual CAFAM establece el tratamiento leal, lícito, legítimo y seguro de los datos personales que se tengan almacenados en bases de datos y/o archivos de la caja. (PDF ADJUNTO)
Ley 1266 de 31 de diciembre de 2008 Protección Datos Financieros: Se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones. (PDF ADJUNTO)
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