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¿Qué es el Mecanismo de Protección al Cesante (MPC)?

El Mecanismo de Protección al Cesante fue creado mediante Ley 1636 del 18 de junio de 2013, con la cual el Gobierno Nacional busca disminuir la vulnerabilidad asociada a la pérdida del empleo, protegiendo a los trabajadores que han quedado cesantes, mediante la entrega de beneficios económicos una vez cumpla con los requisitos establecidos, brindando la posibilidad de mantener la cotización al Sistema de Seguridad Social en salud, pensión y pago del subsidio familiar, como también ayuda a la reincorporación laboral con acceso a orientación ocupacional, intermediación y capacitación para fortalecer tus competencias laborales.

Requisitos básicos para acceder al Mecanismo de Protección al Cesante (MPC)

Ten en cuenta que la prestación de los servicios del Mecanismo de Protección al Cesante está sujeta a la validación y cumplimiento de los requisitos que exige la Ley 1636 de 2013, entre otros:

1. Que tu situación laboral haya terminado por cualquier causa o, en el caso de ser independiente, tu contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuentes con ningún otro, y no cuentes con ninguna fuente de ingresos.

2. Que hayas realizado aportes un año continuo o discontinuo a cualquier Caja de Compensación Familiar durante los últimos tres años como dependiente o dos años continuos o discontinuos en los últimos tres años como independiente.

Importante: Si actualmente no cumples con algún requisito, puedes registrarte en la página del Servicio Público de Empleo para que puedas consultar las vacantes directamente y postularte.

Resolución 135 de 2020

Resolución249 de 2020

Resolución 310 de 2021

Reglamento de Agencia

Ahora que ya sabes que no estás solo, te invitamos a conocer mucho más de cada uno de los beneficios del MPC:

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Generamos un impacto positivo en la sociedad transformando la vida de las personas

Acercamos la oferta y la demanda de empleo facilitando a los oferentes la incorporación al mercado laboral y a los empresarios el suministro del mejor talento humano para cubrir sus necesidades.

Somos incluyentes y buscamos el reconocimiento y la potencialidad de todas las personas, dignificándolos como ciudadanos y garantizando su derecho al trabajo.

Recibe acompañamiento en:

Orientación e intermediación ocupacional; fortalecimiento de competencias, habilidades y generación de redes que contribuyan no solo a tu empleabilidad, sino también al emprendimiento.

¿Cómo es el proceso?

Somos parte de la red del Servicio Público de Empleo, por ello para obtener nuestros beneficios debes seguir los siguientes pasos:

Debes estar registrado en el Servicio Público de Empleo.

Haz clic en el botón para registrarte. Recuerda tener tu hoja de vida 100% registrada si eres oferente.

Haz click en el botón para agendar tu entrevista de orientación ocupacional  sin salir de casa, ¡es sencillo! .

A través de video llamada o en nuestros Centros de Empleo recibirás todos nuestros servicios: registro en el Servicio Público de Empleo, entrevista de orientación ocupacional, direccionamiento a cursos y talleres y postulación a vacantes

¿Tienes dudas? Comunícate con nuestra línea directa (1) 3581700

.

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Para tener en cuenta...

Puntualidad

Es sinónimo de respeto entre el entrevistador y el entrevistado. No hay excusa para llegar tarde.

Conexión

Es importante que dispongas de conexión a internet, preferiblemente WIFI.

Tiempo

Debes contar con 60 minutos a partir del comienzo de la entrevista. No hay afán.

Herramientas

Como es virtual debes contar con un medio digital: computador, celular o tablet con cámara y buen micrófono para que sea exitosa.

Cero distracción

Esta es una oportunidad para poder regresar prontamente a tu vida laboral, evita las interrupciones de cualquier tipo.

Correo Electrónico

Es imporante que antes de la entrevista cuentes con un correo, si no lo tienes elige cualquiera de las plataformas de correo y hazlo.

Recuerda que dentro del Mecanismo de Protección al Cesante, también tienes acceso a los siguientes servicios y beneficios:

¡Importante!

Ten en cuenta que la prestación de los servicios del Mecanismo de Protección al Cesante está sujeta a la validación y cumplimiento de los requisitos que exige la Ley 1636 de 2013, entre otros:

1. Que tu vinculación laboral como empleado, o tu contrato como independiente, haya terminado por cualquier causa y, además, no cuentes con una fuente adicional de ingresos.

2. Que hayas realizado aportes un año continuo o discontinuo a cualquier Caja de Compensación Familiar durante los últimos tres años como dependiente o dos años continuos o discontinuos en los últimos tres años como independiente.

Nota: Según verificación de requisitos, en algunos casos el orientador(a) laboral, solicitará descargar y diligenciar el siguiente documento, por lo que te recomendamos seguir las indicaciones para su diligenciamiento:

Declaración Juramentada
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¿Eres una empresa y quieres tener el Mejor Talento?

Entendemos tus preocupaciones y necesidades de talento humano como empresa

Apoyamos a empresas de todos los sectores económicos con la búsqueda del mejor talento humano para la gestión de sus vacantes. Contamos con amplia cobertura en diferentes zonas de Bogotá y municipios aledaños para estar más cerca de ti.

Igualmente los acompañamos en la vinculación de población diversa, asesorando a las organizaciones para que sean incluyentes.

Centros de Empleo

Tenemos gran variedad de Centros de Empleo distribuidos por toda la ciudad y sus alrededores. Queremos llegar a todos, hacer más fácil los procesos.

Para consultar los centros de trabajo haz clic en el botón o ubícalos en el mapa.

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PQRSF (peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones)

Si deseas radicar una PQRSF, dale clic en "requerimiento" y diligencia el formulario. El número de radicado será enviado vía mensaje de texto y/o al correo electrónico registrado.

Para consultar el estado de tu requerimiento da clic en "consulta".

*Si pasados 15 días hábiles para felicitaciones, quejas, reclamos y/o sugerencias o 10 días hábiles para peticiones no has recibido respuesta, puedes radicar un nuevo requerimiento referenciando el número del PQRSF anterior.

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