CONDICIONES Y RESTRICCIONES CONCURSO EMME CALZADOS AGOSTO, SEPTIEMBRE Y OCTUBRE 2024

OBJETIVO DE LA CAMPAÑA:

  • Posicionar a la tienda Emme Calzados, con los afiliados de la Caja de Compensación Familiar CAFAM.

LUGAR Y FECHA:

  • El sorteo se realizará en la tienda de zapatos Emme Calzados, ubicada en el Centro Comercial Cafam Floresta, local L-2008-1

  • El sorteo se realizará en dos fechas, las cuales se detallan a continuación: Habrá

    • Sábado, 21 de septiembre del 2024 a las 4:00 pm

    • Sábado, 19 de octubre del 2024 a las 4:00 pm

VIGENCIA DEL SORTEO:

  • 10 de agosto de 2024, a 19 de octubre de 2024

Esta campaña va enfocada directa y únicamente a los afiliados de la Caja de Compensación Familiar CAFAM.

Las condiciones de participación son:

  1. Únicamente, participan las facturas de compras realizadas en el establecimiento comercial de Emme Calzados, ubicado en el Centro Comercial Cafam Floresta, local L-2008-1

  2. Los participantes, por cada compra realizada en la tienda, podrán depositar en la urna del establecimiento su factura con los respectivos datos; urna la cual estará ubicada en la tienda Emme Calzados.

  3. El participante, no tendrá un máximo de facturas por depositar. Es decir, que si el cliente, realiza constantes compras en diferentes días durante la vigencia del sorteo tendrá derecho a reclamar la cantidad de boletas correspondientes a las compras realizadas hasta por el máximo diario establecido.

  4. El participante, deberá ser mayor de edad, identificado con: Cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte o permiso especial de residencia transitorio.

  5. Los premios, son de carácter personal e intransferible y no son canjeables por dinero en efectivo ni por otro producto o servicio.

  6. Los premios, constan de 10 pares de zapatos. Es de aclarar que, por cada sorteo, habrá 5 ganadores y cada uno tendrá la elección de un (1) par de zapatos.

  7. El sorteo, correspondiente a los pares de zapatos, será en las siguientes fechas: sábado 21 de septiembre y sábado 19 de octubre, en el Centro Comercial Cafam Floresta, ubicado en la Avenida Carrera 68 # 90-88, local L-2008-1, establecimiento comercial Emme Calzados, en el horario de las 4:00 pm.

  8. Al momento del sorteo, por premio, se sacarán al azar tres facturas, la primera, corresponderá al ganador principal, y las dos siguientes, en orden sucesivo, pertenecerán a los dos (2) ganadores suplentes, los cuales serán denominados clasificados como: suplente No. 2 y suplente No. 3. (No es necesario que los participantes estén presentes en el Centro Comercial Cafam Floresta al momento del sorteo).

  9. Las facturas que no sean sorteadas en el primer (1) sorteo, quedarán depositadas en la urna para ser nuevamente rifadas en el segundo (2) sorteo.

  10. El ganador, será contactado una vez se realice la publicación (o al momento de finalizar el sorteo).

  11. En caso de que el ganador principal, no pueda ser contactado, por medio telefónico y/o correo electrónico consignado en la factura, y no se presente dentro de los 10 días calendario siguientes a la publicación del sorteo, se procederá a contactar a los ganadores suplentes No. 2 y No. 3 respectivamente, de acuerdo con el orden de denominación y clasificación asignado al momento del sorteo.

  12. Los ganadores suplentes, y una vez finalizado el termino indicado en el numeral anterior, serán contactados por los canales de comunicación plasmados en la factura respectiva. (número de teléfono y correo electrónico).

  13. Los premios, deberán ser reclamados presencialmente en el local de zapatos Emme Calzados del Centro Comercial Cafam Floresta, en el horario de domingo a domingo de 11:00 a.m. a 6:00 p.m.

  14. Para reclamar el premio, es indispensable y obligatorio, presentar la cédula, o el documento de identificación pertinente en físico, que corresponda al ganador principal y/o suplente.

  15. En caso de que los ganadores, no puedan ser contactados o no se presenten a reclamar el premio dentro de los términos establecidos en el numeral once (11), estos serán sorteados nuevamente entre los participantes restantes.

  16. La garantía, idoneidad y calidad del premio estará a cargo del proveedor de los bienes o servicios, en este caso, la tienda de zapatos Emme Calzados.

  17. Las fotografías e imágenes utilizadas en la comunicación gráfica (Afiches, Volantes, Columnas, etc.) son exclusivamente de referencia.

  18. Los datos registrados en las facturas deben ser claros, y legibles, o de lo contrario la factura será anulada y no se tendrá en cuenta para el sorteo.

  19. CAFAM se exonera de toda responsabilidad directa, indirecta, solidaria o conjunta, en el evento de suceder algún incidente o circunstancia que afecte el sorteo o la actividad a desarrollarse, así como las consecuencias legales, administrativas o judiciales si es el caso, incluyendo las económicas de tipo indemnizatorio, resarcitorio y compensatorio que se derive de ello. FEET COLOMBIA SAS (EMME CALZADOS), será el único responsable de todos los riesgos involucrados con la participación del evento y/o sorteo mencionado anteriormente, y durante toda la ejecución de este, así como las obligaciones legales y prestacionales que de esto se derive.

  20. Los participantes, con el diligenciamiento de la factura, correspondiente al “SORTEO CON EME CALZADOS respecto a los meses de agosto, septiembre y octubre de 2024, aceptan en su totalidad, las condiciones y restricciones que reglamentan el presente juego promocional, el cual está a cargo del establecimiento comercial Emme Calzados. Adicionalmente, manifiestan conocer la Política de protección de datos y aceptan, como titulares del dato personal entregado, que para el ejercicio de cualquiera de sus derechos como son (conocer, actualizar, rectificar, así como de revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales) pueden acudir a las páginas web de los responsables y/o encargados que se están autorizando en el presente escrito. De igual modo, declaran que no se encuentran obligados a autorizar el tratamiento de sus datos personales sensibles de conformidad con lo estipulado en la Ley 1581 de 2012.

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